Este es el texto del párrafo. Haga clic en él o presione el Button Administrar texto para cambiar la fuente, el color, el tamaño, el formato y más. Para configurar estilos de párrafo y título en todo el sitio, vaya a Tema del sitio.
Sentencia pionera en Barcelona: Los permisos se disfrutan en días de trabajo, según jornada de trabajo (8 o 12 horas) y se abonan los pluses

Varapalo judicial para Prosegur. El Juzgado de lo Social nº 29 de Barcelona dicta una sentencia clave de como han de disfrutarse los permisos retribuidos por hospitalización o intervención quirúrgica de familiar en la Seguridad Privada, que afecta directamente a miles de Vigilantes de Seguridad.
Esta sentencia marca un antes y un después en cómo deben aplicarse los permisos retribuidos en las empresas del Grupo Prosegur y en otras empresas del sector, en donde es práctica habitual obligar al trabajador a consumir sus permisos en días de descanso.
El caso: El abuso de los días "consecutivos" de Prosegur
El conflicto se originó cuando un Vigilante de Seguridad afiliado al sindicato FORT solicitó el permiso de 5 días por el ingreso hospitalario de su madre. La empresa, siguiendo su política habitual, pretendió imponer que los días fueran consecutivos desde el hecho causante. Esto provocó que, al coincidir el permiso con días de descanso del trabajador, Prosegur solo le reconociera 3 días efectivos, obligándole a "perder" los otros dos o incluso a devolver horas.
El fallo judicial: Los tres puntos claves de la sentencia
Los permisos han de ser en días de trabajo: La magistrada del Juzgado Social 29 de Barcelona es tajante en sus fundamentos jurídicos: "los permisos no son tales si se conceden en días en que el trabajador no tiene la obligación de trabajar".
Pago de la totalidad de jornada según cuadrante: Prosegur pretendía abonar las 7,487 horas que establece el artículo 52 del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad, pero la sentencia obliga a pagar las horas reales establecidas en el cuadrante (ya fueran 8 o 12 horas diarias).
Inclusión de los pluses: El permiso debe estar retribuido con todos los conceptos que el trabajador percibiría en su prestación ordinaria, incluyendo pluses de festividad y específicos de puesto de trabajo, en este caso, el doble plus de peligrosidad que perciben los Vigilantes de Seguridad adscritos al centro de menores de Can Llupià.
Condena por daños morales
Lo más destacable de esta sentencia es el "tirón de orejas" judicial a la empresa. La magistrada condena a Prosegur a abonar 751 euros en concepto de daños morales e indemnización. El fallo señala la "conducta reiterada" de la empresa de intentar que los trabajadores justifiquen cada día de permiso o de concederlos en días de descanso, algo que no aparece en la normativa legal ni en el Convenio Colectivo.
Llueve sobre papel mojado en Prosegur
No es la primera vez que la justicia pone freno a los desmanes de esta multinacional gracias a la acción sindical de FORT. De hecho, el trabajador afectado en este caso es el mismo compañero que ya logró que Prosegur fuera condenada con 15.000 € por vulnerar derechos fundamentales.
FORT gana. Prosegur es condenada. Y los trabajadores avanzan. ✊












