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Inspección de Trabajo da la razón a FORT y señala a Prosegur por manipular el cómputo de jornada durante las bajas médicas

Barcelona a 18 de mayo de 2026
La Inspección de Trabajo de Barcelona ha emitido un contundente informe contra Prosegur tras detectar que la empresa aplicaba de forma incorrecta (y según recoge expresamente la resolución, de manera deliberada) el cómputo de jornada de un Vigilante de Seguridad que se encontraba en situación de Incapacidad Temporal (IT).
La actuación inspectora concluye que la empresa reducía a conveniencia el valor de los días de baja médica para evitar que afloraran horas extraordinarias que realmente sí se habían realizado, perjudicando económicamente al trabajador afectado.
La denuncia de FORT: un cómputo manipulado para evitar pagar horas extras
Uno de nuestros afiliados, Vigilante de Seguridad de Prosegur en Barcelona, detectó irregularidades en el cálculo de su jornada correspondiente al mes de septiembre de 2025. Según recoge la Inspección de Trabajo, el trabajador había realizado:
- 90 horas de trabajo efectivo.
- 3 días de vacaciones.
- 16 días de baja por accidente laboral.
Aplicando correctamente el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad, los días de IT debían computarse a razón de 5,335 horas diarias y las vacaciones a 5,226 horas. El resultado total ascendía a 191,038 horas mensuales.
Teniendo en cuenta que el convenio fija la jornada mensual ordinaria en 162 horas, la diferencia suponía la realización de 29,038 horas extraordinarias que la empresa no abonó en nómina.
La Inspección confirma la práctica empresarial
Durante la actuación inspectora, Prosegur reconoció que “reajustaba los absentismos” teniendo en cuenta las horas trabajadas, los días de baja y las horas contratadas para evitar que el trabajador generase déficit o exceso de jornada.
Sin embargo, la inspectora considera acreditado que dicha práctica vulnera directamente el convenio colectivo:
“Lo que se hace es modular el valor del día de IT a conveniencia (...) para que en el global del mes no cuenten lo que serían horas extras realizadas”.
La resolución va más allá y afirma que las horas extraordinarias “quedan absorbidas” mediante una reducción deliberada del valor de los días de baja médica, calificando esta actuación como “contraria a derecho”
Una resolución con impacto para los Vigilantes de Seguridad del sector
La importancia de esta actuación va mucho más allá del caso concreto. El informe deja claro que cualquier empresa de seguridad privada que reduzca arbitrariamente el valor de los días de IT para cuadrar jornadas podría estar incurriendo en una infracción laboral grave.
La Inspección de Trabajo concluye que Prosegur incumplió el convenio colectivo y levantó Acta de Infracción GRAVE por vulneración del artículo 7.10 de la LISOS, relativo al establecimiento de condiciones inferiores a las previstas legal o convencionalmente.
Además, requiere expresamente a la empresa:
- Aplicar correctamente el cómputo de 5,335 horas por día de IT.
- Abonar y cotizar las 29,038 horas extraordinarias generadas por el trabajador afectado.
El criterio de la Inspección deja claro que las empresas no pueden reinterpretar el convenio para neutralizar las horas extra realizadas por sus trabajadores cuando coinciden periodos de trabajo efectivo e incapacidad temporal.
En definitiva, el informe desmonta una práctica empresarial que, según la propia resolución, buscaba evitar el pago de horas extraordinarias mediante un sistema de cálculo “modulado a conveniencia”.












